Compliance Penal
Responsabilidad penal de la persona jurídica y de sus directivos.
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Diseñamos, implementamos, auditamos y monitoreamos el programa de cumplimiento de su empresa. Enfoque legal, acompañamiento continuo y un solo interlocutor.
Hoy una omisión documental puede escalar a una sanción económica, al bloqueo de una cuenta bancaria o a un proceso que alcanza personalmente a los directivos. Y en una inspección no se evalúa la buena intención: se evalúa la evidencia.
Multas, cierres temporales y suspensión de operaciones que superan con creces el costo de haber prevenido.
La exposición no se queda en la sociedad: alcanza a administradores, directivos y al oficial designado.
Cierre de cuentas, salida de la banca corresponsal, pérdida de licencias y descalificación en contrataciones.
No entregamos un manual y nos vamos. Construimos con usted el sistema completo de cumplimiento de su empresa, lo implementamos dentro de la operación y lo mantenemos vivo frente a cada cambio normativo.

Un mismo equipo, un mismo interlocutor y un solo sistema documental para todos los frentes regulatorios de su empresa.
Responsabilidad penal de la persona jurídica y de sus directivos.
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Ver másPuede contratarnos para una fase puntual o para el ciclo completo. La mayoría de nuestros clientes empieza por un diagnóstico y continúa con la implementación.
Diagnosticamos su nivel de exposición y diseñamos el programa a la medida de su operación.
Ponemos en marcha políticas, procedimientos, formatos y controles dentro de la empresa.
Revisamos de forma independiente el programa existente y documentamos las brechas.
Damos seguimiento continuo, actualizamos ante cambios normativos y evidenciamos el control.
Formamos al personal, a los directivos y al oficial de cumplimiento con casos reales.
CC&R Consulting nace de la práctica legal y de la gestión de riesgo. Acompañamos a empresas dominicanas que necesitan cumplir de verdad: no producir papeles, sino sostener un sistema que funcione y que se pueda demostrar.
Cada cliente tiene asignado un responsable que conoce su operación de principio a fin. Sin traspasos internos, sin repetir el contexto en cada llamada.

Atendemos empresas con obligación regulatoria expresa y empresas que, sin serlo, tienen exposición real por su tamaño, su sector o sus contrapartes.
Cinco preguntas. Le toma menos de un minuto y le da una lectura honesta de su nivel de exposición.
¿Tiene un manual de cumplimiento aprobado por el consejo o la gerencia, y actualizado en los últimos 12 meses?
¿Tiene una matriz de riesgo elaborada sobre su propia operación, no una plantilla genérica?
¿Aplica procedimientos de debida diligencia documentados a clientes, proveedores y terceros?
¿Capacitó a su personal en cumplimiento durante el último año y conserva la evidencia?
¿Existe un responsable designado por escrito para la función de cumplimiento?
Depende de su actividad. La Ley 155-17 alcanza a entidades financieras, casas de cambio, remesadoras, aseguradoras, puestos de bolsa, casinos, inmobiliarias, constructoras, concesionarios de vehículos, joyerías, abogados, notarios y contadores, entre otros. En el diagnóstico determinamos con precisión su condición y las obligaciones que le aplican.
Depende del tamaño y la complejidad de la operación. Un programa base para una empresa mediana toma entre seis y doce semanas: diagnóstico, matriz de riesgo, manual y políticas, capacitación y puesta en marcha. El monitoreo es posterior y continuo.
No siempre. Algunas empresas están obligadas a designar un oficial de cumplimiento; otras pueden asignar la función a un colaborador existente con el respaldo técnico de una firma externa. Definimos el modelo que corresponde a su caso y acompañamos a la persona designada.
No. Un manual genérico no refleja los riesgos reales de su operación y es lo primero que un inspector detecta. El valor del programa está en la matriz de riesgo propia, en los controles que efectivamente se ejecutan y en la evidencia documental de que se ejecutan.
Sí. El alcance del programa se ajusta al tamaño y al perfil de riesgo de la empresa. Una empresa pequeña con actividad regulada tiene obligaciones que cumplir, y las cumple con una estructura proporcional a su operación.
Se trabaja en dos planos: la respuesta al requerimiento dentro del plazo y la corrección de fondo que evita la reincidencia. Es el escenario más común en el que nos contactan y es perfectamente manejable si se actúa a tiempo.

Una conversación inicial de 30 minutos basta para saber qué le aplica, qué le falta y en qué orden resolverlo.